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Introduccion de articulos
#4
No a ver ...

El iva es el iva y el recargo es el recargo, por tanto en el impuesto debes poner 21 y en impuesto 2 debes poner el 5.2, el impuesto 2 solo se aplicará en ventas destinadas a clientes que tengan activada en su ficha la opción de "sujeto a impuesto 2" ... es decir, el recargo no se lo debes aplicar a los clientes que estén sujetos al recargo de equivalencia .. al resto no.

En cuanto a TUS compras, ahí si que puedes aplicarle un 26.2 puesto que este dato solo sirve para tener un control sobre el albarán de la compra.

Entiendes?
Oscar Guirado
Sysme Software

Sysme Software
Veravap
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Introduccion de articulos - por On style - 20-11-2015, 05:51 PM
RE: Introduccion de articulos - por sysme - 23-11-2015, 11:55 AM
RE: Introduccion de articulos - por On style - 23-11-2015, 01:02 PM
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