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RE: bloqueo - mardav - 08-03-2017

HOLA DE NUEVO OSCAR Y GRACIAS COMO SIEMPRE POR TU AYUDA.TENGO AHORA EL PROBLEMA DE QUE EL LECTOR DE CODIGOS NO SE ASOCIA CON LA TPV .
HABER SI ME PUEDES ECHAR UNA MANO CON ELLO.
GRACIAS UN SALUDO


RE: bloqueo - sysme - 08-03-2017

El lector (si es un lector USB) simplemente actua como un teclado, simplemente al conectarlo debe escribir donde esté el cursor.


RE: bloqueo - SergioRodriguez - 07-11-2019

(05-03-2017, 09:45 AM)sysme escribió: Hola mardav,

En el caso de tus compras, dado que estás sujeto al recargo, lo mas simple es añadirlo al precio de coste.

Pero en el caso de tus ventas (cuando tu vendes a un cliente), solo puedes aplicar el recargo cuando vendas un producto a un cliente profesional que también esté sujeto al régimen de recargo de equivalencia .. es decir, si una persona normal te compra una caja de rotuladores NO debes aplicar el recargo de equivalencia, pero si vendes la caja de rotuladores a otra papelería para que esta la revenda y esta papelería está sujeta al recargo de equivalencia entones SI debes aplicar el recargo en la factura ... ¿entiendes?

Dale un vistazo a este resumen para que lo tengas un poco mas claro: http://infoautonomos.eleconomista.es/fiscalidad/recargo-de-equivalencia/

Ya me dices.

Buenas Oscar. me surge una duda sobre éste tema. Yo también estoy en régimen de recargo de equivalencia. Está indicada para la entrada de productos la casilla de impuesto 2 con el recargo? o lo tengo que hacer manualmente sobre el precio de coste del producto? Esto es si yo compro, me aplican el 21% + 5,2%, pero a mis clientes les debo aplicar solo el 21%. Para que el cálculo de beneficio sea correcto como debo hacerlo??
Gracias


RE: bloqueo - sysme - 08-11-2019

Buenas Sergio, si, el campo "impuesto 2" se utiliza en España para el recargo (digo en España porque otros paises tienen otros impuestos y de ahí el nombre impuesto 2).

En cualquier caso, para que los que estáis en recargo pudierais tener tener una información mas real del calculo de beneficio incluimos hace algunas versiones una opción en SISTEMA->CONFIGURACION para decidir como se calcula ese beneficio, la opción es la de calcular el beneficio a partir del PVP (es decir precio de venta impuesto incluido) - el precio de coste, esta opción implica que en el precio de coste tienes que agregar manualmente el recargo y el iva.


RE: bloqueo - SergioRodriguez - 08-11-2019

(08-11-2019, 10:02 AM)sysme escribió: Buenas Sergio, si, el campo "impuesto 2" se utiliza en España para el recargo (digo en España porque otros paises tienen otros impuestos y de ahí el nombre impuesto 2).

En cualquier caso, para que los que estáis en recargo pudierais tener tener una información mas real del calculo de beneficio incluimos hace algunas versiones una opción en SISTEMA->CONFIGURACION para decidir como se calcula ese beneficio, la opción es la de calcular el beneficio a partir del PVP (es decir precio de venta impuesto incluido) - el precio de coste, esta opción implica que en el precio de coste tienes que agregar manualmente el recargo y el iva.

Entonces en las casillas de impuestos en configuración habría que indicar los % de los 2 impuestos? y después a la hora de añadir cada producto? habría que marcar algo diferente?


RE: bloqueo - sysme - 08-11-2019

Si, sobre todo el iva puesto que este estás obligado a cobrarlo a todo el mundo, el impuesto 2 también pero solo se aplica a clientes que estén sujetos a ese recargo


RE: bloqueo - SergioRodriguez - 09-12-2019

Hola de nuevo.

Configuré las casillas de impuestos como me indicaste, mi duda ahora es al introducir los productos en el albarán.
Calcule el iva+recargo de los productos para indicar el coste, pero al meter el stock le aplica el iva de nuevo. Lo tengo que quitar de la casilla del iva al contabilizarlo? o así hace ya el cálculo?


RE: bloqueo - sysme - 10-12-2019

Buenas Sergio .. ¿al meter un albarán te aplica el iva? .. no entiendo